Propiedad intelectual
Análisis destacado
La propiedad intelectual también se fortalece con una buena estrategia contractual
El nuevo marco regulatorio impulsa a las organizaciones a proteger sus activos intangibles mediante registros oportunos y contratos que garanticen la oponibilidad de sus derechos frente a terceros.
En corto
— Análisis del director
Propiedad intelectual en México: de registrar activos a volverlos oponibles
10 de julio de 2026 • Transferencia de tecnología, IMPI y activos intangibles
El dato sobresaliente fue el taller de ICC México del 2 de julio, que reunió a representantes del IMPI, INDAUTOR, TFJA y empresas para analizar la reconfiguración del sistema mexicano de propiedad intelectual (ICC México, 2026). El encuentro ocurrió a semanas de la entrada en vigor, prevista para el 22 de julio, del nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Presidencia de la República, 2026; Hooper et al., 2026).
El cambio más accionable es el Registro de Transferencia de Tecnología: licencias, cesiones, acuerdos de confidencialidad, colaboración en I+D, transferencia de materiales, spin-offs y empresas conjuntas seguirán siendo válidos entre las partes, pero deberán inscribirse para ser oponibles frente a terceros. Además, la conciliación ante el IMPI podrá cerrar procedimientos de infracción mediante convenios vinculantes con efectos de cosa juzgada administrativa (Presidencia de la República, 2026).
Auditar contratos sobre intangibles, identificar cuáles requieren oponibilidad y actualizar la estrategia de controversia. Precisión clave: el procedimiento de infracción en línea no comenzará automáticamente el 22 de julio; dependerá de un acuerdo posterior del IMPI.
Fuentes
International Chamber of Commerce México. (2026, 2 de julio). Taller: Reconfiguración del sistema de propiedad intelectual en México: Reformas recientes, retos emergentes y estrategias empresariales [Taller híbrido]. ICC México.
Hooper, P., Pliego Beguerisse, A., & Guerrero Díaz, R. (2026, 8 de mayo). Nuevo Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Pérez-Llorca.
Presidencia de la República. (2026, 28 de abril). Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Diario Oficial de la Federación.
En la economía del conocimiento, proteger una innovación ya no depende solo de registrarla, sino de estructurar contratos y mecanismos que permitan hacer valer esos derechos frente a cualquier tercero.
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